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Etiqueta y aviso GARAN: situación en los 27 Estados de la UE

Transposición nacional del aviso y la etiqueta GARAN comprobada al 6 de octubre de 2026: leyes aprobadas, trámites pendientes y fuentes oficiales de 27 países.

· 3 min de lectura

La fecha de aplicación de la UE, el 27 de septiembre de 2026, ya ha pasado. El Reglamento (UE) 2025/1960 establece directamente las reglas de diseño; los deberes de información del comerciante dependen de la transposición nacional de la Directiva sobre derechos de los consumidores modificada. Este panorama presenta la situación documentada al 6 de octubre de 2026 para los 27 Estados miembros.

Punto clave: Se confirmó legislación pertinente promulgada en 18 Estados, se identificaron trámites pendientes o promulgación no verificada en siete y no se pudo determinar la situación actual de Portugal y Malta. Un estado pendiente o sin confirmar no exime de las obligaciones aplicables.

Cómo leer la tabla

«Promulgada» significa que las fuentes revisadas confirman legislación pertinente sobre el aviso y la etiqueta. «Pendiente» indica un trámite legislativo cuya promulgación final no se verificó. «No verificada» indica que la situación nacional actual no está confirmada. Una fecha nacional no confirmada indica incertidumbre, no una exención. Cada fila enlaza las fuentes primarias.

Compruebe las reglas de los mercados donde vende, incluidas las ventas transfronterizas. El idioma elegido en este sitio no determina la ley aplicable. No se verificaron exhaustivamente el control, las excepciones y las sanciones de todos los Estados.

Verificado:
PaísEstado de verificaciónAplicación nacionalFuentes
AlemaniaAdopción confirmada
AustriaAdopción confirmada
BélgicaAdopción confirmada
BulgariaAdopción confirmada
ChequiaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
ChipreAdopción confirmada
CroaciaAdopción confirmada
DinamarcaAdopción confirmada
EslovaquiaAdopción confirmada
EsloveniaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
EspañaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
EstoniaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
FinlandiaAdopción confirmada
FranciaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
GreciaAdopción confirmada
HungríaAdopción confirmada
IrlandaAdopción confirmada
ItaliaAdopción confirmada
LetoniaAdopción confirmada
LituaniaAdopción confirmada
LuxemburgoAdopción confirmada
MaltaTransposición no verificadaNo confirmado
Países BajosAdopción confirmada
PoloniaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado
PortugalTransposición no verificadaNo confirmado
RumaníaAdopción confirmada
SueciaProcedimiento legislativo; adopción no confirmadaNo confirmado

Diferencias relevantes

  • Países Bajos: la ley nacional entró en vigor el 16 de julio de 2026; el Reglamento de diseño se aplica desde el 27 de septiembre. Son fechas jurídicas distintas. El control durante ese intervalo no está confirmado.
  • España: se identificó un proyecto pendiente, mientras la autoridad de consumo andaluza indicó a los comerciantes que mostraran el aviso desde el 27 de septiembre. La promulgación nacional seguía sin confirmarse, pese a esas orientaciones administrativas.
  • Luxemburgo: las orientaciones gubernamentales y los datos oficiales confirman la promulgación y aplicación actual; no se verificó artículo por artículo el texto final.
  • Dinamarca: se confirmó la ley principal, pero no el estado de una disposición adicional sobre presentación.
  • Chequia: el proyecto 53 seguía pendiente en el registro parlamentario consultado el 6 de octubre. Su fecha de entrada en vigor propuesta, ya pasada, no equivale a una fecha legal vigente.
  • Polonia, Francia, Estonia, Eslovenia y Suecia: los procedimientos se encuentran en distintas fases, detalladas en la tabla; su promulgación y entrada en vigor no están confirmadas.
  • Portugal y Malta: la falta de verificación no demuestra ausencia de transposición ni exención. Consulte las fuentes nacionales actuales antes de decidir cómo cumplir.

Encontrará más detalle en las guías de Chequia, Eslovaquia y Alemania.

Qué hacer con el resultado

  1. Identifique las normas nacionales aplicables y las excepciones de ámbito o canal.
  2. Separe el aviso de garantía legal a nivel de tienda de la etiqueta GARAN de cada producto.
  3. Compruebe las cinco condiciones de la garantía del productor, incluidas la cobertura de todo el bien, la gratuidad y la información al comerciante.
  4. Organice la exposición destacada antes de comprar, la información antes del pedido electrónico y la confirmación duradera cuando se exijan.
  5. Conserve la declaración de garantía del productor además de la etiqueta. El QR proporciona información general de la UE, no las condiciones del producto.

Preguntas frecuentes

¿Un estado pendiente o no verificado permite omitir el aviso?

No. Una situación sin confirmar no constituye una exención. Consulte las normas nacionales, las obligaciones transfronterizas y las orientaciones de la autoridad de consumo del mercado donde vende.

¿Es una tabla completa de multas?

No. La tabla recoge la transposición y sus fuentes. Las guías nacionales explican el control cuando se ha verificado; no debe generalizarse a los 27 Estados.

¿Elegir un idioma selecciona la ley de ese país?

No. Idioma y jurisdicción son distintos. El contenido en alemán puede resultar relevante para Alemania, Austria o Luxemburgo, pero sus leyes difieren.

Fuentes

La tabla aporta las fuentes nacionales. Las directrices prácticas explican la aplicación, pero no sustituyen la legislación vinculante.

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